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Información para colombianos interesados en la homologación de su título profesional universitario en España

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El artículo 11 del Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, prevé en su apartado 2.a) la posibilidad de que la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA) emita informes de carácter general, que establecerán los criterios generales aplicables en los expedientes de homologación y en los de equivalencia a titulación y a nivel académico de los títulos extranjeros. Dichos informes podrán ser:

• Relativos a aspectos genéricos, como son la duración o nivel o cualquier otro aspecto
genérico de la homologación o declaración de equivalencia.

• Relativos a determinados títulos extranjeros que presenten similares características que
los hagan susceptibles de aplicación de criterios homogéneos.

 

Resolución de la Directora del Organismo Autónomo Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA), para el procedimiento de evaluación de solicitudes de homologación, por el que se establecen medidas generales de aplicación a los expedientes del programa de homologación de títulos extranjeros

 

Resolución de la Directora del Organismo Autónomo Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA), para el procedimiento de evaluación de solicitudes de homologación, por el que se establecen medidas generales de aplicación a los expedientes del programa de homologación de títulos extranjeros